Vladimir Cerrón: Corte de Lima suspende sentencia e inhabilitación del dueño de Perú Libre
Ahora estará facultado para postular a cargos públicos.
El juez de la Corte de Lima, John Paredes Salas, declaró
fundada en parte el hábeas corpus presentado por el dueño de Perú Libre, Vladimir
Cerrón, y ordenó la suspensión de la sentencia que se le dictó en 2019 por
corrupción.
De acuerdo a la resolución, a la que accedió Perú21,
el magistrado anuló la resolución de segunda instancia emitida por una sala de
Junín en 2019 que confirmaba la condena emitida en el mismo año por un juzgado
de la misma región.
Esa sentencia varió la prisión efectiva de cuatro años, que
se ordenó inicialmente, por cárcel suspendida. Con la decisión del magistrado,
el exgobernador no será detenido hasta que se revise el caso otra vez.
La Sala Penal de Apelaciones Transitoria de Junín condenó
en octubre del 2019 al exfuncionario por haberse interesado de manera directa
en la obra de mejoramiento de agua potable y alcantarillado de la ciudad de La
Oroya para beneficiar al Consorcio Altiplano al aprobar mayores gastos
generales por la suma de S/850 mil. Eso sucedió durante su primera gestión como
gobernador regional (2011-2014).
El fallo del juez Paredes también declara nula la casación
del 4 de noviembre del 2020 emitida por la Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia.
Por ese motivo, ahora Vladimir Cerrón estará facultado para
postular a cargos públicos. Y es que, en 2019 el juez del Octavo Juzgado de
Investigación Preparatoria de Junín, Wilder Camarena Madrid, rechazó la
solicitud del líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, para que se declare
cumplida la inhabilitación de un año que se le aplicó como parte de la condena
en su contra por corrupción.
“De lo anotado, es posible advertir que a la fecha, el
recurso de casación, se encuentra pendiente de resolución; esto es que aún no
se han agotado todos los recursos que prevé la ley para impugnar, existiendo
posibilidad real de revertir los efectos de la resolución que fue materia de
impugnación; consecuentemente nos encontramos frente a una situación donde
existe pronunciamiento judicial que no ha adquirido la calidad de firme”,
resolvió Camarena en 2019.
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