Alcaldes acarician la vacancia debido a cobros indebidos
martes, 31 de julio de 2012
, Posted by sincensuracanete.blogspot.com at 5:24
Irregulares. Alcaldes de Cayma, Cerro Colorado y José Luis
Bustamante y Rivero podrían ser sacados de cargo por cobrar
bonificaciones y gratificaciones que por ley no les corresponde.
Tres alcaldes arequipeños podrían ser vacados de sus
cargos, por el cobro de bonificaciones y gratificaciones que no les
correspondían. Los burgomaestres correrían la misma suerte que el ex
alcalde del distrito Coronel Gregorio Albarracín (Tacna), Santiago Curi
Velásquez. Este fue vacado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
por cobrar bonificaciones y gratificaciones indebidamente. Estas se
aprobaron en la comuna que dirige, bajo la firma de negociaciones
colectivas, entre la entidad y el sindicato de trabajadores.
Según los fundamentos de la resolución del JNE, una
autoridad solo puede cobrar un máximo anual de 14 sueldos. Ello lo
establece la Ley 28212 de abril del 2004. No tiene derecho a cobros que
se obtengan bajo negociaciones colectivas, ya que al ser un funcionario
con cargo político, no puede pertenecer a un sindicato.
Ante esta situación, autoridades como el alcalde distrital
de Cayma, Oswaldo Muñiz, serían vacados del cargo. Según el pedido
realizado por el ciudadano caymeño, Waldo Valencia Berlanga, Muñiz,
durante el 2011 cobró bonificaciones por escolaridad S/. 4,135.15,
Fiestas Patrias S/.4, 495, bono por aniversario del distrito S/. 190.92 y
gratificación por Navidad S/. 4, 495. Asimismo, se le entregaron otros
beneficios que se establecen en los pactos colectivos firmados con los
trabajadores.
La República se comunicó telefónicamente con Oswaldo
Muñiz. Éste señaló que el pedido de Valencia está basado en una
resolución del JNE, algo controversial. Manifestó que evalúa el pedido y
en su momento dará sus descargos del caso.
Más alcaldes
Otro alcalde que podría ser vacado por cobros indebidos es
el burgomaestre de Cerro Colorado, Manuel Vera Paredes, éste habría
cobrado bonificaciones extras. La República tuvo acceso a documentación
donde se verifica que Vera cobró desde el 2008 bonificaciones que le
corresponden solo a trabajadores sindicalizados, como es el bono por el
Día del Trabajador. Por este concepto, Manuel Vera cobró 500 soles.
Fuentes de la comuna cerreña indicaron que en cinco años Vera cobró
cerca de 130 mil soles. Agregaron que en los próximos días se presentará
un pedido oficial de vacancia contra el alcalde.
Otro caso es el de la máxima autoridad de José Luis
Bustamante y Rivero, Óscar Zúñiga Rosas. Los trabajadores indicaron que
el alcalde cobró más de 4 mil soles por gratificación de Fiestas
Patrias. Por su parte, el alcalde provincial Alfredo Zegarra también
cobró 7 mil 800 soles, por gratificación de medio año.
Para el abogado Juan Carlos Rebaza Merino, el Órgano de
Control Institucional (OCI) de todos los municipios provinciales y
distritales debe realizar una revisión de los cobros efectuados por las
autoridades para determinar si estos no han realizado cobros por encima
de lo establecido en la ley. Acotó que las autoridades no solo serían
pasibles de vacancia, también se les podría denunciar penalmente. ♣
ENFOQUE
Cobrar más de 14 sueldos es irregular
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha reformado sus
criterios para vacar a autoridades, como son alcaldes y presidentes
regionales. Refiere que las autoridades no pueden cobrar más de lo que
establece la Ley 28212. Esta norma indica que las autoridades cobran
hasta un máximo de 14 sueldos al año. Agrega que no se les hace efectivo
otros pagos como a los que se llegue en negociación colectiva entre la
entidad y los trabajadores.
Se debe aclarar que un alcalde no puede cobrar un dinero
que surge de una negociación entre él y los trabajadores. Es decir, él
siempre aprobaría pagos especiales, porque le beneficiaría.
Ahora, si por desconocimiento las autoridades han
efectuado este tipo de cobros, deben devolver el dinero que se cobró de
más. Se tiene que tener en cuenta que pese a esta devolución, las
acciones administrativas o penales en su contra siguen vigentes.
Finalmente, es necesario mencionar que esta ley no sólo
está referida a alcaldes, también están inmersos congresistas,
ministros, jueces supremos, defensores del pueblo, entre otros.
Jorge Sumari Buendía
Especialista en Derecho Municipal
FUENTE PERU21
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